Historia de la magia, biografía de personajes relevantes, anécdotas
#108048 por mago-alberto
05 Oct 2008, 15:43
Muy buenas a todos, el otro dia subi un video con fotos de una actuacion que hize y al poco tiempo recibi un mensaje de youtube diciendome lo siguiente:

El programa de identificación de contenido de YouTube ha detectado que tu vídeo incluye contenido protegido por derechos de copyright reclamado por UMG.

Propietario de los derechos de copyright: UMG
Contenido reivindicado: La totalidad o parte del contenido de audio
Política: Permitir que este contenido permanezca en YouTube

* Coloca anuncios en esta página de visualización de vídeos.


Se aplica a estas ubicaciones:
United States


El mensaje que me enviaron fue mucho mas largo pero yo e resumido el mensaje principal.
Al parecer reclaman el audio del video, es decir la cancion que le puse al video que fue WE ARE THE CHAMPIONS de QUEEN.

Mi pregunta es: ¿ai que tener derechos de copyright para utilizar una cancion?
Que opinais al respecto.
PD:el video lo e quitado de youtube para no tener mas problemas.
#108049 por villar di
05 Oct 2008, 15:49
Tranquilo, no pasa absolutamente nada, youtube tiene un sistema que detecta si en el video existen cosas con copyright, lo que a ti te pone es que se ha detectado pero no que esté prohibido,lo que hacen es poner un poco de publicidad de la empresa que tiene los derechos pero nada más, si no se hubiese permitido la publicación de algo que tienen ellos los derechos no habrías podido subir el video.
#108236 por Shetam
09 Oct 2008, 13:16
A ver, según la limitada información que me ha proporcionado una persona más experta en este tema hay mucha desinformación con el tema de los derechos de autor en la música.

La música que utilizamos en nuestros espectáculos generalmente tiene un compositor, un cantante y por extensión una serie de derechos de explotación. Pues bien, no se considera delito el uso de esta música para actividades no lucrativas ya sea música comprada o bajada del emule, pero sí si obtienes un beneficio económico con esta música.

Es decir, bajarte una una canción del e-mule... ¡No es delito!Solo se supone delito cuando realizas alguna actividad con ella que te repercuta económicamnete. Para entendernos... bajarnos el último disco de Yanni y regalarlo a alguien no es delito, bajarte 30 y regalarlo por la calle no es delito, escucharlo todos los dias en casa no es delito pero ponerlo en la calle, en el bar, en un espectaculo y cobrar algún dinero si es delito.

En tu caso, pues como nadie puede demostrar que has cobrado por ese espectáculo es completamente legal que cuelgues ese vídeo en Youtube.

Estos datos los desconocía, desde siempre he pensado que bajarte algo del e-mule era piratear, y siempre he considerado el pirateo como delito. Pero según me han informado recientemente no lo es si no utilizas lo descargado para fines lucrativos. ¿Alguien puede confirmar esta información?

Por ejemplo, los bares tienen que pagar derechos de autor (al menos legalmente debería ser así), por lo que entiendo que nosotros legalmente también deberíamos pagar derechos de autor en nuestros espectáculos aunque, evidentemente, esto no lo hace nadie (por supuesto, me incluyo). Me imagino que en un espectáculo a gran escala, en un teatro profesional, la cosa será diferente. En mi opinión, ya pagamos suficiente con el dichoso canon... no sabéis la rabia que me da pagar 17 céntimos a SGAE cada vez que utilizo un DVD para grabar las fotos de mis viajes.

Otro dato, cualquier obra con más de 50 años de antigüedad (creo que eran 50 años) pasa a ser de dominio público, por lo que podríamos hacer uso libre de esta música.
#108246 por villar di
09 Oct 2008, 16:38

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